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Flexibilizan medidas restrictivas en Risaralda a partir del 21 de enero

Tras mediación del Gobernador Víctor Tamayo, el Ministerio de Salud autorizó flexibilizar medidas restrictivas en Risaralda.

El gobierno de Risaralda en su compromiso de buscar alternativas que garanticen tanto la preservación de la vida, así como la estabilidad económica de los diferentes sectores productivos del departamento, además de tener en cuenta las solicitudes de los sectores económicos y el análisis de los epidemiólogos y científicos, medió ante el gobierno nacional para flexibilizar las medidas sin impactar negativamente la labor heroica que cumple el sector salud en medio de la pandemia del COVID-19.

Es por eso, que el Gobernador de Risaralda, Víctor Manuel Tamayo anunció el nuevo paquete de medidas que le fueron autorizadas por el Ministerio de Salud, tras su solicitud formal de flexibilizar las medidas de orden público adoptadas.

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Hay que tener en cuenta que estas restricciones en el último mes, han permitido mejorar los indicadores de ocupación UCI general y No Covid y se han buscado ofrecer alternativas para avanzar en una recuperación económica en Risaralda.

Las nuevas medidas que se empezarán a aplicar desde este jueves 21 de enero son:

Toque de queda

La medida del Toque de Queda regirá durante todos los días del periodo comprendido entre el 21 de enero hasta el 31 de enero de 2021: desde las 10:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana del siguiente día.

Excepciones: Se dará aplicación a las excepciones previstas en el decreto nacional No. 1076 de 2020. Igualmente se permiten los servicios de domicilio y del sector hotelero.

Consumo de bebidas embriagantes

Se permite el consumo de bebidas embriagantes en establecimientos de comercio, bajo los estrictos protocolos de bioseguridad.

Pico y cédula total

Continúan vigentes las demás medidas adoptadas, por lo tanto se mantiene el Pico y Cédula total así:

Los números de identificación terminados en número PAR, podrán salir en las fechas pares. Y Los números de identificación terminados en número IMPAR, podrán salir las fechas impares.

Cédula terminada enDías permitidos para salir
1, 3, 5, 7, 9Jueves, 21 de enero
0, 2, 4, 6, 8Viernes, 22 de enero
1, 3, 5, 7, 9Sábado, 23 de enero
0, 2, 4, 6, 8Domingo, 24 de enero
1, 3, 5, 7, 9Lunes, 25 de enero
0, 2, 4, 6, 8Martes, 26 de enero
1, 3, 5, 7, 9Miércoles, 27 de enero

Excepciones:

  • Trabajo, citas o exámenes médicos prioritarios
  • Urgencias veterinarias
  • Ingreso a hoteles, restaurantes, parques públicos y recreacionales con espaciones abiertos
  • Servicio de urgencias médicas

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En el decreto 0047 que rige a partir de su expedición, se destaca que la flexibilización de las medidas adoptadas podrá ser sostenida o ajustada parcialmente de conformidad con el comportamiento que se evidencie sobre la situación de salud en el departamento, como resultado del monitoreo permanente de los indicadores de ocupación UCI, tasa de contagio y fallecimientos.

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