En un fallo de segunda instancia, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Risaralda ha confirmado la nulidad definitiva de las resoluciones que otorgaban la licencia de construcción para el proyecto conocido como ‘Edificio Zenti’. Esta decisión, fue solicitada por la Procuraduría General de la Nación, con el fin de proteger los ecosistemas naturales y cumplir con el Plan de Ordenamiento Territorial.
El ente de control, a través de su Delegada para Asuntos Ambientales y la Procuraduría Judicial Ambiental y Agraria de Pereira, argumentó que las resoluciones iniciales no respetaban el interés general ni las normativas ambientales. El fallo inicial del Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Pereira fue ratificado, indicando la falta de consideración por la protección del medio ambiente y la prevención de desastres.
El Ministerio Público ha reiterado su llamado a las autoridades encargadas de tramitar las licencias de construcción para que cumplan rigurosamente con la normatividad vigente. Es crucial que en estos procesos prevalezcan siempre los determinantes ambientales y se obtengan todas las autorizaciones necesarias para evitar daños a los ecosistemas.
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La Procuraduría también hizo un llamado específico a los curadores, recordándoles que deben adherirse a los decretos que los regulan y que es esencial considerar los impactos ambientales en futuros proyectos. La preservación de los recursos naturales y la garantía de condiciones ambientales adecuadas para el bienestar de los ciudadanos deben ser prioridades en todos los desarrollos urbanísticos.
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