La demanda de la CARDER fue radicada ante la sección primera del Consejo de Estado, mediante la cual se busca la nulidad de la Licencia de Cacería de Fomento Resolución ANLA 2370 del 03 de diciembre de 2019, por medio de la cual se modifica la Licencia Ambiental para el Zoocriadero de la sociedad Tesoros de Colombia Sustainable Farm S.A.S.
En esta resolución se otorga Licencia de Cacería de fomento para 23 especies de fauna silvestre en el territorio colombiano, de estas, 5 especies se extraerán en el departamento de Risaralda.
La CARDER espera que mediante esta vía legal se suspenda la licencia de cacería de las cinco especies que se encuentran en Risaralda: tres de ranas y dos de aves.
“Esa resolución riñe contra los principios conservacionistas de la autoridad ambiental, sobre todo sobre esas cinco especies: las tres ranas, la tángara y el gallito de roca, que consideramos que son especies que están amenazadas; especies que si las sacamos de nuestros ecosistemas como nos lo han venido diciendo nuestros biólogos y conservacionistas, perdería interés nuestro paisaje ecoturístico ambiental, que es el que nosotros hoy estamos conservando”, dijo el director general de la CARDER, Julio César Gómez Salazar.
El funcionario, explicó que al extraer un animal de la fauna, este ya no cumplirá su función ecológica.
Entre tanto, el Procurador Nacional Ambiental, Diego Fernando Trujillo, expresó que “ya es hora de que la ANLA, como autoridad nacional ambiental empiece a ejercer un control más conectado con los territorios; este tipo de resoluciones pueden tener la mejor de las intenciones, pero si no se coordina un control con las corporaciones autónomas se pueden convertir en algo contraproducente”.
Agregó que, espera que otras corporaciones ambientales donde tiene incidencia la resolución de la ANLA también se pronuncien y tomen acciones similares, puesto que la Procuraduría Nacional Ambiental y Agraria estará ofreciendo su acompañamiento.
Estas son las cinco especies en riesgo en Risaralda:
Gallito de Roca (Rupicola peruvianus)
Es una especie poco común y con distribución irregular. Está catalogada como Preocupación menor. CITES II.
Licencia autoriza cacería de 10 de estas especies.
Tangará multicolor (Chlorochrysa nitidissima)
La especie Tangara multicolor es una especie poco abundante, catalogada como una especie Vulnerable a la extinción por tener un rango de distribución restringido y la tendencia de disminución de sus poblaciones.
Licencia autoriza cacería de 10 de estas especies.
Rana venenosa de Santa Cecilia (Oophaga histriónica)
Está restringida a un área muy pequeña, aproximadamente 20 km, es endémica de Pueblo Rico – Risaralda. La Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza la Catalogó como en Peligro Crítico de extinción. Los individuos están muy concentrados cuando se encuentran y, por lo tanto, una sola amenaza podría eliminar una subpoblación muy rápidamente. Está catalogada en el apéndice II del CITES. Anteriormente era una especie común en toda su área de distribución. Sin embargo, ahora es mucho más difícil encontrar individuos de esta especie durante los censos (D. Mejía, com. Pers. Noviembre de 2018). Los individuos están muy concentrados cuando se encuentran y, por lo tanto, una sola amenaza podría eliminar una subpoblación muy rápidamente (Taller de evaluación de la Lista Roja de Colombia, agosto de 2016). Durante tres días de muestreo, entre el 17 y el 19 de enero de 2019, se registraron 27 individuos en las cercanías de la localidad tipo (M. Pareja, com. Pers. Febrero de 2019). Debido al comercio ilegal y al declive continuo en la extensión y calidad del hábitat, la población está disminuyendo.
Licencia autoriza cacería de 80 de estas especies.
Rana venenosa Andina Amarilla (Andinobates fulguritus)
Se encuentra catalogado como Preocupación menor y CITES II. Debido al continuo declive en la extensión y calidad del hábitat, la población está disminuyendo.
Licencia autoriza cacería de 20 de estas especies.
Rana venenosa del cauca (Andinobates bombetes)
Se encuentra catalogado como Vulnerable y CITES II. Debido al continuo declive en la extensión y calidad del hábitat, la población está disminuyendo.
Licencia autoriza cacería de 10 de estas especies.
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