Esta decisión se debe a una acción popular interpuesta por el procurador 31 Judicial I Ambiental y Agrario de Armenia, Carlos Alberto Arrieta Martínez, la defensora del Pueblo en el Quindío, Luisa Fernanda León y la personera de Armenia, Juliana Victoria Ríos.
En el documento se cuestiona a diferentes empresas y corporaciones tales como Empresas Públicas del Quindío (EPQ), Empresas Públicas de Armenia (EPA), la Corporación Autónoma Regional del Quindío y el municipio de Salento, advierte que se vulneran los derechos colectivos, debido a la posible contaminación del líquido que está aguas arriba de la bocatoma que surte a la capital quindiana y a varios municipios de la región.
El Tribunal Administrativo del Quindío determinó que el afluente debe tener una atención especial por parte de todas las autoridades mencionadas.
José Manuel Cortes, Director de la Corporación Autónoma Regional del Quindío (CRQ), celebró la decisión puesto que el río surte de agua al 70 % de la población que se encuentra en un área estratégica y aporta al desarrollo del departamento.
Entre las medidas ordenadas está la consolidación de una planta de tratamiento de aguas residuales -PTAR- que debe estar operativa en máximo 36 meses.
Finalmente, las demás entidades estarán obligadas a realizar los respectivos seguimientos para evitar que las personas consuman agua contaminada que viene de la parte alta del río Quindío.
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