Manizales

En Manizales habrá día sin carro y sin moto obligatorio el 27 de octubre

El Día sin carro y sin moto iniciará a partir de las 6:30 de la mañana.

La Alcaldía de Manizales informó que para el próximo miércoles 27 de octubre se llevará a cabo en la capital de Caldas, el Día sin carro y sin moto obligatorio desde la 6:30 de la mañana hasta las 7:30 de la noche.

El principal objetivo de la jornada será la de disminuir las emisiones de gases contaminantes, mejorar la calidad del aire y favorecer al medioambiente.

En cuanto al transporte público, este operará con normalidad ese día para movilizar a los ciudadanos desde los lugares de origen hasta sus destinos.

Ese mismo miércoles en la noche, se realizará la habitual Ciclovida Nocturna, desde las 7:00 de la noche hasta las 9:00 de la noche.

Esta será una actividad deportiva y lúdica a la que están invitados todos los amantes de la bicicleta, la cual incluirá un ciclopaseo cuyo recorrido es: El Cable – Niza – Avenida Santander – Los Colonizadores – El Cable.

Por su parte, el alcalde de Manizales, Carlos Mario Marín, comentó en su facebook, que «un día que aportemos al planeta, será agradecido por las generaciones futuras».

Esta actividad hace parte de la Semana de la Movilidad que inicia este domingo, 24 de octubre. A lo largo de la semana se realizarán diferentes eventos enfocados en la temática de ciudad verde.

Excepciones día sin carro y sin moto en Manizales

Los siguientes vehículos están dentro de las excepciones del día sin carro y sin moto en Manizales, Caldas.

  • Que conforman las caravanas presidenciales, de alcaldes y gobernadores.
  • Del cuerpo diplomático.
  • Pertenecientes a las fuerzas militares, policía nacional, agentes de tránsito, cuerpos oficiales armados (CTI, INPEC), y a miembros de la fuerza pública en servicio activo.
  • De emergencia tales como: ambulancias, bomberos, equipos logísticos para atención de rescate y siniestros y transporte de personal acreditado.
  • De atención médica personalizada debidamente identificados.
  • Que funcionan con sistema eléctrico.
  • Dotados tecnológicamente para el mantenimiento de servicios públicos esenciales (energía, semaforización, telefonía, acueducto y alcantarillado, recolección de basuras, gas), y con Identificación permanente.
  • Que transportan a personas con discapacidad, únicamente cuando se utilizan como medio de transporte.
  • Para el transporte de alimentos perecederos con autorización para este tipo de mercancías.
  • De propiedad de medios de comunicación dotados de equipos que no permiten que sean remplazados por otro vehículo, como es el caso de trans-móviles u otros de características especiales debidamente identificados.
  • De carga con capacidad mayor o igual a cinco toneladas.
  • De vigilancia y seguridad privada debidamente autorizados.
  • Acreditados para transportar valores debidamente identificados.
  • Las carrozas fúnebres y su respectivo cortejo, el cual deberá contar con el respectivo acompañamiento de la Autoridad de Tránsito.
  • Blindados debidamente legalizados en la licencia de tránsito, así como su escolta y avanzada.
  • Servicio de mensajería debidamente Identificados con carnet de la empresa.
  • Motociclistas que presten servicios de domicilios de restaurantes debidamente Identificados.

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