Los aeropuertos y aerolíneas, deberán cumplir estos protocolos desde la llegada del pasajero a las terminales aéreas de la ciudad de origen hasta su desembarque y salida en destino.
El Gobierno Nacional presentó los protocolos de bioseguridad para la prevención del covid-19 exclusivos para la operación aérea de vuelos domésticos de pasajeros, los cuales deberán ser implementados por los aeropuertos y las aerolíneas que sean autorizadas, en desarrollo de los planes piloto para la conectividad esencial.
La Ministra de Transporte, Ángela María Orozco, explicó que en la elaboración de este protocolo de bioseguridad, que comenzó a ser construido desde el mes de marzo y fue autorizado por el Ministerio de Salud, participó un amplio equipo técnico de expertos de la Aeronáutica Civil, en coordinación con el Ministerio de Transporte.
Este equipo analizó, revisó y diseñó todas las acciones que se implementarán en desarrollo de la operación aérea a partir del mes de julio.
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Para el desarrollo de este documento se realizaron más de 70 reuniones de trabajo, en las que se revisaron las mejores prácticas internacionales y experiencias de otros países en temas de protocolos de bioseguridad para la operación aérea.
También se formularon las medidas necesarias para garantizar la operación de vuelos de pasajeros a nivel doméstico, en donde prima la salud y la vida de todas las personas involucradas en la operación.
“En muchas de las reuniones donde se revisó el protocolo participaron representantes de los operadores aéreos, los concesionarios y gremios del sector. Con sus aportes, dieron gran valor al diseño del mismo”, precisó la Ministra Orozco.
Además, a través de la Aeronáutica Civil, se socializaron los principales alcances del protocolo con alcaldes y gobernadores interesados en participar en el plan piloto.
Revisión de la experiencia internacional
En las reuniones técnicas y los análisis previos a la expedición del protocolo se tuvieron en cuenta las experiencias internacionales de organismos como la Organización Civil de Aviación Internacional (OACI), la Airports Council International (ACI), la Administración Federal de Aviación de los Estados Unidos (FAA), la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC) y la Asociación Latinoamericana y del Caribe de Transporte Aéreo (ALTA), así como las de autoridades de aviación civil de China, Canadá y Corea del Sur.
También se tuvieron en cuenta conceptos de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) y de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Presentación en el Aeropuerto El Dorado
Cabe indicar que este protocolo fue socializado este miércoles por parte de los ministros de Transporte y de Salud, Fernando Ruiz, en el Aeropuerto El Dorado de Bogotá, donde, junto con otras autoridades y representantes de aerolíneas, revisaron lo que será el manejo de esta estricta normativa que se pondrá en marcha en algunas ciudades piloto de manera paulatina.
Según el Ministro de Salud, ya expedido el protocolo, lo que procede ahora es iniciar los pilotos, para lo cual es necesario establecer acuerdos con alcaldes de ciudades que presentan baja afectación de covid-19, donde se podrían en marcha.
“Se hará en ciudades de baja afectación y se busca generar una dinámica para tener la capacidad de ir, paulatinamente, abriendo los vuelos”, dijo.
El Ministro de Salud recalcó que “el protocolo que se aplicará en Colombia, adoptado por MinSalud, es uno de los más estrictos del mundo”.
“Tomamos la decisión de que fuera aún más estricto que los internacionales, en temas de distanciamiento, tecnologías y normas específicas, para evitar las aglomeraciones que estamos teniendo”, precisó.
“Esos pilotos exigen, obviamente, que haya un acuerdo de voluntades entre el alcalde de salida y el alcalde de llegada (de los vuelos), para que así se lo comuniquen al Ministerio del Interior, quien lo consultará con el Ministerio de Salud”, explicó la Ministra de Transporte.
Agregó que eso “nos permitirá no solamente documentar sino filmar y, de alguna manera, llevar esas imágenes para que los ciudadanos aprendan, entiendan cómo la actividad se puede retomar con seguridad y cómo realmente se puede realizar la actividad de una manera segura, sin que el medio de transporte se convierta en una fuente de contagio”.
Protocolo de bioseguridad en aeropuertos
Las siguientes son algunas de las medidas contenidas en la Resolución 1054, del 27 de junio de 2020, del Ministerio de Salud y Protección Social.
Estas deberán ser implementadas en los aeropuertos del país y por parte de las aerolíneas autorizadas para el desarrollo del plan piloto para la conectividad aérea esencial:
Pasajeros antes del vuelo
- Los pasajeros deberán llegar con 2 horas máximo de anticipación a la hora prevista de su vuelo, y con su chequeo electrónico listo para evitar demoras y congestiones.
- Para casos excepcionales de pasajeros que no hayan podido realizar su check-in previamente, se les permitirá el ingreso y se les remitirá al módulo de facturación de la aerolínea.
- Los pasajeros deberán llevar solamente equipaje de uso personal, bolsos o morrales pequeños, que puedan ser guardados debajo de la silla del pasajero. El resto del equipaje debe ser enviado por bodega.
- Se recomendará hacer uso de la aplicación CoronApp-Colombia para todas las personas que ingresen a los aeropuertos del país, con la totalidad de los datos diligenciados. Esto les permite a las autoridades tener información de los pasajeros sobre su condición de salud.
- Habrá ingreso restringido a los aeropuertos autorizados. Solo entrarán los pasajeros y quienes trabajan en las terminales. Se busca evitar las aglomeraciones.
- Se hará control de temperatura para todas las personas que ingresan a un aeropuerto y a la llegada de los vuelos. Se usarán termómetros que no conllevan contacto físico.
- Todas las personas, sin excepción, pasajeros y trabajadores que estén en un aeropuerto deberán usar los elementos de protección personal (tapabocas).
- Los pasajeros que lleguen a las terminales aéreas con el propósito de tomar sus vuelos, una vez verificada su identidad y su pasabordo, deberán dirigirse de inmediato a las salas de abordaje, con el objetivo de evitar que en las zonas comunes se formen aglomeraciones.
- Los responsables de operar los aeropuertos autorizados para la primera fase de la reactivación garantizarán y harán la desinfección y limpieza de todas las áreas, salas de abordaje, áreas públicas, entre otras, como lo establecen los protocolos de bioseguridad.
- El abordaje no se iniciará hasta que la aeronave esté totalmente lista para que los pasajeros puedan hacer su ingreso. Se llamará para abordar a los pasajeros de las sillas finales de la aeronave.
- El registro del pasajero deberá hacerse en el preembarque, sin contacto con el pasabordo físico o electrónico, validándolo visualmente o acercando el pasabordo a la máquina lectora por parte del pasajero.
Pasajeros durante el vuelo
- Todos los usuarios, tripulaciones y empleados de los aeropuertos están obligados a respetar el distanciamiento físico de 2 metros en áreas como counters, escáneres y en las filas para el abordaje de las aeronaves.
- Se autorizará el embarque solo cuando la aeronave esté lista.
- Al interior de los aviones no se prestará servicio a bordo, y se pedirá a los viajeros no utilizar sistemas de entretenimiento a bordo como pantallas, teléfonos móviles, entre otros. En lo posible no se deberán usar los baños de las aeronaves.
- Los pasajeros y la tripulación harán uso del tapabocas todo el tiempo durante el vuelo.
- Igualmente, los pasajeros deberán permanecer sentados durante el vuelo.
- Todo el personal en los aeropuertos y aerolíneas deberán usar los elementos de protección necesarios.
- Todo el personal de los aeropuertos y las aerolíneas estarán capacitados para identificar a tiempo situaciones de riesgo biológico y poder reaccionar de forma adecuada y activar el protocolo de riesgo biológico.
Pasajeros en el desembarque
- La auxiliar de vuelo dará las indicaciones a los pasajeros para el desembarque de manera ordenada y por filas.
- Todos los pasajeros deberán dirigirse directamente hacia la salida, siguiendo las indicaciones del personal del aeropuerto.
- Todos los pasajeros deberán reportar a su EPS y a la aerolínea si durante los 14 días posteriores a su vuelo presentan síntomas que coincidan con la enfermedad.
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