Nacional

Nuevas medidas para disminuir riesgo de contagio por Covid-19 en Colombia

Las nuevas medidas regirán a partir del 5 hasta el 19 de abril.

El Presidente Iván Duque Márquez anunció, este domingo, nuevas medidas para disminuir el riesgo de contagio de covid-19 en el país, las cuales se implementarán entre el 5 y el 19 de abril.

Entre las recomendaciones mencionó la implementación del pico y cédula y restricciones a la movilidad en horas de la noche, de acuerdo con el registro de ocupación de unidades de cuidado intensivo (UCI).

Por consiguiente, el Jefe de Estado anunció que el Gobierno Nacional, por medio de una circular, ha emitido una serie de recomendaciones para implementar nuevas restricciones en Colombia a partir de las 00:00 horas del próximo lunes 5 de abril de 2021 hasta las 00:00 horas del lunes 19 de abril de 2021, con el fin de disminuir el riesgo en el contagio del covid-19.

El mandatario explicó que las medidas se toman debido a que “la situación epidemiológica del país ha presentado incrementos para algunos municipios en las últimas semanas; así mismo, existe el riesgo de un nuevo ascenso nacional en las próximas semanas. Por lo tanto, debemos actuar, prevenir y tomar decisiones oportunas”.

“Invito a todos los colombianos para que a conciencia las adoptemos”, resaltó el presidente Duque.

Así mismo, mencionó los municipios que están en observación por aumento en la curva de casos y muertes: Bogotá, Manizales, Armenia, Tunja, Barranquilla, Montería, Leticia y Pereira.

Y también enumeró las ciudades en observación por incremento tanto en casos y muertes como en la ocupación de unidades de cuidado incentivo: Medellín, Cali, Santa Marta y Barranquilla.

En ese orden de ideas, el Presidente Duque dio a conocer las recomendaciones para reducir el riesgo de contagio del covid-19:

1. Medidas para ciudades con ocupación de UCI entre el 50% y el 69%

Instaurar opcionalmente medidas de pico y cédula y establecer restricciones nocturnas a la movilidad, entre las 00:00 a.m. y las 5:00 a.m.

2. Medidas para ciudades con ocupación UCI entre el 70% y el 79%

Instaurar medidas de pico y cédula y establecer restricciones nocturnas a la movilidad, entre las 10:00 p.m. y las 5:00 a.m.

3. Medidas para ciudades con ocupación UCI entre el 80% y el 85%

Instaurar medidas de pico y cédula y establecer restricciones nocturnas a la movilidad, entre las 8:00 p.m. y las 5:00 a.m.

4. Medidas para ciudades con ocupación UCI superior al 85%

Instaurar medidas de pico y cédula y establecer restricciones nocturnas a la movilidad, entre las 6:00 p.m. y las 5:00 a.m., teniendo en cuenta las recomendaciones de expertos.

Hoteles y restaurantes no entran en las medidas

El Presidente Duque aclaró que ni los hoteles ni los establecimientos de la industria gastronómica ni los parques serán incluidos en los casos en que se implemente la medida de pico y cédula.

Agregó que “se permite, en todo momento, el tránsito de personas y vehículos que para su retorno se movilicen en las fechas señaladas. Se permiten los servicios domiciliarios y el ejercicio de las actividades señaladas en el Decreto 1076 de 2020”.

“Bajo ninguna circunstancia se puede prohibir el acceso presencial para la adquisición de bienes de primera necesidad durante la restricción nocturna de movilidad”, recalcó el Mandatario.

También resaltó, que no queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes ni el consumo en restaurantes, como tampoco su comercialización a través de plataformas digitales o de domicilios.

Recomendaciones a los gobernadores

En la misma declaración, el Presidente Duque dio a conocer algunas recomendaciones a los gobernadores, con el fin de que las medidas anunciadas “puedan surtir efectos más contundentes”.

  • No autorizar los eventos de carácter público que impliquen aglomeración de personas.
  • No habilitar la apertura de discotecas y lugares de baile, el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio.
  • Reforzar el control para evitar la realización de fiestas y reuniones en general.
  • Prohibir la realización presencial de todo tipo de celebraciones de carácter regional.
  • Los mandatarios de municipios con ocupación mayor al 70% o altos niveles de contagio podrán regular el uso de sitios públicos que generen aglomeración como playas, malecones y plazoletas, en las que se identifique violación a los protocolos de bioseguridad. La regulación deberá limitarse a las personas o sectores donde se presenten estas condiciones.

Aislamiento para Viajeros de Semana Santa

El Jefe de Estado hizo un llamado a las personas que visitaron, durante Semana Santa, lugares de alto contagio o alta ocupación de UCI para que practiquen un aislamiento preventivo mínimo de 7 días.

“Recomendamos a todas las familias y personas que viajaron durante Semana Santa a lugares de alta ocupación de UCI o de alto nivel de contagio —entiéndase, ocupaciones de UCI superiores al 80%—, practicar autoaislamiento preventivo voluntario mínimo de 7 días, y si en ese periodo presentan algún tipo de síntoma continuar con el aislamiento obligatorio e informar inmediatamente a su EPS sobre su condición de salud”, manifestó.

En ese orden de ideas, el Mandatario reiteró que es “indispensable que no bajemos la guardia; que aunque no hayamos viajado, todos estemos alerta; no salgamos de casa si tenemos síntomas respiratorios, o si hemos tenido contacto con personas contagiadas por el virus”.

Igualmente, expuso la importancia de “hacer buen uso del tapabocas, que cubra nariz y boca, distanciamiento físico de 2 metros entre persona y persona, lavado frecuente de manos, seguir todos los protocolos de bioseguridad y evitar las aglomeraciones”.

Por último, se refirió a la necesidad de proteger a los adultos mayores que ya han recibido la primera dosis de la vacuna contra el covid-19, puesto que la mayor protección de la vacuna se consigue cerca de dos semanas después de aplicar la segunda dosis.

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