
El Ministerio de Educación Nacional expidió la Resolución 019805 del 30 de septiembre de 2025, mediante la cual se fijan los topes para el incremento de matrículas y pensiones en colegios privados 2026 en todo el país. La medida, esperada por instituciones educativas y padres de familia, establece los porcentajes de aumento con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) interanual divulgado por el DANE.
De acuerdo con el documento oficial, la base de cálculo será el IPC correspondiente a los últimos 12 meses con corte a agosto de 2025, que se ubicó en 5,10%. A partir de este valor, cada institución podrá adicionar puntos porcentuales según su desempeño institucional y el cumplimiento de ciertos criterios definidos por el Ministerio.
“A partir de este valor, los colegios podrán sumar puntos adicionales según diferentes criterios, como la calidad institucional, los niveles de permanencia escolar, el trabajo con estudiantes con discapacidad y el reconocimiento salarial a sus maestros”, señala la resolución.
Rangos de incremento y condiciones
La nueva norma establece que los aumentos autorizados para el próximo año estarán entre el 5,26% y el 9,1% como máximo.
Sin embargo, solo los establecimientos que cumplan con los parámetros exigidos podrán aplicar los incrementos, de acuerdo con el régimen tarifario al que pertenecen (regulado, vigilado o controlado), según su reporte en el Sistema de Información de Evaluación Institucional (EVI).
Entre los principales criterios para el aumento de matrículas escolares, el Ministerio considera:
- Índice de permanencia: mide el número de estudiantes que permanecen matriculados en la institución durante un periodo determinado.
- Permanencia intraanual: porcentaje de alumnos que continúan en el colegio sin retirarse durante el año académico 2024.
- Permanencia interanual: porcentaje de estudiantes matriculados de manera consecutiva entre 2023 y 2024.
- Tasa de aprobación: porcentaje de alumnos que aprobaron el grado cursado en 2023.
Estos indicadores buscan promover estrategias pedagógicas que reduzcan la deserción y fortalezcan las trayectorias educativas completas.
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Reconocimientos adicionales a la educación inclusiva
Uno de los puntos destacados de la Resolución 019805 del Ministerio de Educación Nacional es el incentivo a las instituciones que desarrollan programas de educación inclusiva en colegios privados.
Aquellos planteles que atiendan a estudiantes con discapacidad y los tengan registrados oficialmente en el sistema del Ministerio podrán aplicar un incremento adicional del 0,3% sobre sus tarifas.
Del mismo modo, los colegios que paguen a sus docentes conforme al escalafón del Decreto Ley 2277 de 1979 —o que en 2025 hayan igualado o superado esa estructura salarial— tendrán derecho a sumar hasta un 2,2% adicional al incremento total.
Vigilancia y denuncias
El Ministerio de Educación emitió una directriz a todas las secretarías departamentales y municipales para garantizar el estricto cumplimiento de la resolución. Además, exhortó a los padres de familia a estar atentos y denunciar cualquier irregularidad o abuso relacionado con cobros no autorizados o incrementos por fuera de lo establecido.
Esta medida forma parte del esfuerzo del Gobierno Nacional por fortalecer la regulación de matrículas por el Ministerio de Educación y asegurar la transparencia en el control de tarifas educativas en Colombia, equilibrando los intereses de los colegios y la economía de las familias.




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