Tras intensas sesiones de debate en el Senado de la República, se ha aprobado la reforma pensional presentada por el gobierno de Gustavo Petro. Este importante paso legislativo marca un hito en el panorama político y social del país, pues redefine aspectos clave del sistema pensional colombiano.
Durante el proceso de discusión, se realizaron diversas modificaciones al texto original, muchas de las cuales respondieron a las preocupaciones y propuestas de diferentes sectores y bancadas del Senado. Entre los aspectos más destacados de la reforma se encuentra el umbral de cotizaciones para Colpensiones, la entidad encargada de manejar los fondos del pilar contributivo, y el régimen de transición para quienes ya tienen un cierto número de semanas cotizadas.
Una de las modificaciones más significativas fue la reducción del umbral de cotizaciones para Colpensiones. Inicialmente propuesto en tres salarios mínimos, se acordó disminuirlo a 2.3 salarios mínimos, con el objetivo de aumentar el recaudo para el sistema público pensional y reducir el déficit existente.
Asimismo, se introdujo un nuevo artículo que designa al Banco de la República como el ente administrativo de los fondos de ahorro del pilar de régimen contributivo, en lugar de Colpensiones. Esta medida busca garantizar la independencia en la gestión de estos recursos y evitar posibles interferencias del gobierno.
En cuanto al régimen de transición, se estableció que las personas que, al entrar en vigor la reforma, cuenten con un cierto número de semanas cotizadas: 750 semanas para mujeres y 900 semanas para hombres, seguirán sujetas a la Ley 100 de 1993 y sus modificaciones. Este régimen aplicará tanto para quienes hayan cotizado en cualquier régimen pensional bajo la Ley 100 como para los servidores públicos.
Sobre este artículo 77, el cual fue aprobado tal como se presentó originalmente, habla de la oportunidad de traslado. Este establece que las mujeres deben tener al menos setecientas cincuenta (750) semanas cotizadas, mientras que los hombres deben tener al menos novecientas (900) semanas cotizadas. Estas personas, que estén cerca de la edad de pensión y cumplan con estos requisitos, tienen dos años para trasladarse de régimen pensional a partir de la promulgación de la ley.
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Otro punto relevante es la fecha de entrada en vigor de la reforma, fijada para julio de 2025 según lo aprobado en el Senado. Aunque hubo propuestas para extender este plazo, finalmente se mantuvo la fecha establecida en el texto original.
Con su aprobación en el Senado, la reforma pensional avanza hacia la Cámara de Representantes, donde deberá surtir dos debates más antes del 20 de junio para poder ser sancionada por el presidente. En caso de no cumplir con este plazo, el proyecto de ley podría hundirse, pues solo cuenta con dos legislaturas para su trámite.
En resumen, la aprobación de la reforma pensional en el Senado marca un paso importante en el camino hacia una transformación del sistema pensional colombiano. Ahora, queda en manos de la Cámara de Representantes y del presidente dar continuidad a este proceso legislativo que impactará significativamente el futuro de las pensiones en el país.
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