
El Ministerio de Transporte de Colombia emitió una directriz contundente que impacta directamente la forma en que operan los agentes de tránsito en las carreteras del país. Esta medida prohíbe una de las prácticas más polémicas y molestas para los conductores: la retención de las llaves del vehículo durante un retén. La decisión fue oficializada a través del radicado 20241340805031, el cual aclara que no existe disposición legal que autorice esta acción.
¿Qué dice la ley sobre los retenes y el actuar de los agentes?
Según lo establecido en el Código Nacional de Tránsito y la Resolución 9960 del 13 de noviembre de 2002, los procedimientos de control en carretera deben estar debidamente señalizados, y se debe informar a los conductores sobre su finalidad. Durante estos controles, las autoridades pueden solicitar documentos como la licencia de conducción, la licencia de tránsito (tarjeta de propiedad) del vehículo y el SOAT vigente.
Además, pueden verificar que el vehículo cumpla con los requisitos técnicos y legales para circular. Sin embargo, no pueden exigir al conductor la entrega de las llaves ni confiscar el vehículo sin un procedimiento legal adecuado.
Prohibido quitar las llaves: una medida que protege a los conductores
En respuesta a múltiples denuncias ciudadanas y situaciones en las que se ha reportado el uso excesivo de la fuerza o acciones fuera del marco legal, el Ministerio de Transporte en Colombia recordó a todas las autoridades operativas que retener las llaves de un automotor es ilegal. Esta práctica, que muchas veces se da bajo presiones o intimidación, no tiene sustento jurídico y se considera una violación a los derechos del ciudadano.
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“No existe disposición legal ni reglamentaria que faculte a los funcionarios de control operativo en materia de tránsito y transporte para retener o pedir a presuntos infractores la entrega de las llaves de los vehículos”, reza el documento oficial.
¿Qué puede hacer un conductor si le retienen las llaves?
Los ciudadanos que se vean involucrados en este tipo de abusos pueden actuar legalmente. En caso de considerar que los agentes están incumpliendo con la normatividad vigente, se recomienda presentar una queja formal ante la autoridad local de tránsito. Si en el lugar no existe un organismo de tránsito municipal, deberá acudir al tránsito departamental correspondiente.




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