Justicia

Procuraduría General de la Nación dejó en firme la sanción impuesta en primera instancia a exdirector de Corpocuencas del Valle

Procuraduría General de la Nación dejó en firme la sanción impuesta en primera instancia a exdirector de Corpocuencas del Valle CiudadRegion.com | Cartago | 04 NOV 2013 – 11:32 am

Por el incumplimiento de sus deberes, en fallo de primera instancia la Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión por el término de un mes al señor Luis Felipe Mosquera Prado, exdirector general de la Corporación Vallecaucana de las Cuencas Hidrográficas y el Medio Ambiente (Corpocuencas).

El órgano de control demostró que el disciplinado desconoció lo dispuesto por el Departamento Nacional de Planeación (DNP), a través de la Resolución 0038 de 2008, en la cual se establece el manejo de los recursos por parte de las entidades ejecutoras de las asignaciones del Fondo Nacional de Regalías, específicamente la obligación de abrir una sola cuenta bancaria para el manejo exclusivo de estos dineros.

Las pruebas documentales evidenciaron que desde la cuenta bancaria autorizada por el DNP para manejar los recursos asignados al proyecto de Recuperación Ambiental de Laderas con Componentes de Mitigación de Riesgos en las comunas 1, 18 y 20 del municipio de Cali (Valle del Cauca), se realizó en el mes de mayo de 2012 una transferencia a una cuenta distinta a la autorizada por el DNP para efectuar los pagos correspondientes a los contratistas.

El Ministerio Público calificó la falta cometida por el exfuncionario como grave a título de culpa grave

El Ministerio Público calificó la falta cometida por el exfuncionario como grave a título de culpa grave, al considerar que él debía conocer y cumplir sus deberes, pues con su actuar podría haber generado la suspensión del giro de recursos al ejecutor del proyecto, en este caso Corpocuencas y, en consecuencia, la afectación del bienestar colectivo.

Teniendo en cuenta que el exdirector de Corpocuencas cesó en sus funciones, la sanción que le fue impuesta se convirtió en multa equivalente al salario devengado al momento de la comisión de la falta.

El defensor de oficio del señor Mosquera Prado no interpuso recurso contra esta decisión adoptada en primera instancia por la Procuraduría Delegada para la Economía y Hacienda Pública, por lo que la misma quedó en firme.

Fuente: Procuraduría General de la Nación

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