Presunto detrimento patrimonial de $1.958 millones en Acuavalle anuncia la Contraloría

CiudadRegion.com | Cartago | 17 JUL 2016 – 12:29 am

Hallazgos Administrativos, Fiscales y Penales en el resultado de la auditoría regular de ACUAVALLE, vigencia 2015

Con un total de 43 hallazgos administrativos, de los cuales 18 tienen además connotación disciplinaria, 6 connotación fiscal y uno penal, la Contraloría Departamental del Valle del Cauca no fenece la cuenta de la Sociedad de Acueductos y Alcantarillados del Valle del Cauca S.A. E.S.P (ACUAVALLE) , correspondiente a la vigencia 2015.

La calificación general de la gestión fiscal fue de 79,2 puntos sobre 80 en la Matriz de evaluación de la Guía de Auditoría de la Contraloría Departamental del Valle del Cauca. Cabe recordar que dicha matriz verifica la gestión, los resultados obtenidos y el control financiero de la Entidad.

PRINCIPALES HALLAZGOS

Del informe se destacan a continuación los 6 hallazgos administrativos con connotación disciplinaria y fiscal:

 

1. Presunto detrimento por: $208.751.618.00

Una vez realizada la visita a la obra civil del contrato N° 159- 12 cuyo objeto fue la construcción física del laboratorio para el control de calidad del agua potable en el Municipio de Buga, se evidenció un presunto detrimento por $208.751.618, en razón a que la obra civil aunque fue pagada en su totalidad, no se terminó, quedando abandonada y por ende sufriendo deterioro a través del tiempo y lo que es más relevante sin cumplir con el objeto que dio origen al contrato.

Se evidenció falta de planeación y debilidades en el proceso de control en la etapa pre-contractual y contractual, para garantizar que la obra cumpliera con toda la normatividad vigente, lo que generó suspensiones al contrato. De igual manera, a la fecha de realización de la auditoria, el contrato no se había liquidado, como tampoco se habían hecho efectivas las pólizas ante el incumplimiento del contratista.

Lo anterior pone en evidencia el uso ineficiente del recurso, así como la ineficacia del logro de la meta del proyecto. Incurriendo presuntamente en lo contemplado en el artículo 50 de la ley 734 de 2002.

 

2. Presunto detrimento por $17.520.000 

El contrato de Prestación de Servicios No 004 – 2012 , cuyo objeto es la “Prestación de Servicios Profesionales para la Interventoría al contrato de obra civil que tiene por objeto la construcción física del laboratorio para el control de calidad de agua potable en el Municipio de Buga y dar apoyo en el estudio y/o ajustes de los diseños para remodelar y adecuar la sede principal de ACUAVALLE S.A. E.S.P.”, por valor de $17.520.000 no fue entregado al equipo auditor y según certificación de la misma Entidad, no reposa en sus archivos.

Se evidenció un presunto detrimento de $17.520.000 millones correspondiente al pago total de dicho contrato de interventoría, dado que se constató mediante visita técnica, que la construcción del laboratorio para el control de calidad de agua potable en el Municipio de Buga no se terminó y está abandonada (Contrato N° 159- 12, reseñado anteriormente).

 

3. Presunto detrimento por: $ 253.985.013 

La Sociedad de Acueductos y Alcantarillados del Valle del Cauca S.A. E.S.P., ACUAVALLES.A. E.S.P., y el señor JORGE ENRIQUE SANCHEZ CERON, Alcalde Municipal de Guacarí, celebraron convenio interadministrativo No. 002- 2014, cuyo objeto era aunar esfuerzos técnicos, económicos y humanos para realizar la reposición de las redes del acueducto y  alcantarillado, así como la reconstrucción y pavimentación de vías y obras complementarias en diferentes sectores urbanos y rurales del Municipio de Guacarí, Valle del Cauca, por valor de $2.171 millones y un plazo de nueve (9) meses.

El convenio estaba constituido por los recursos del municipio de Guacarí y por los aportes de ACUAVALLE S.A. E.S. P;  se suscribieron dos otrosíes el segundo de los cuales correspondía a obras de reposición de redes de alcantarillado y obras complementarias en la Carrera 7 desde la Calle 12 en una longitud de 180 ml vía a la Acequia la Chamba, pero NO  fue ejecutado.

En razón a los soportes que remitió la entidad se evidenció que el presunto detrimento queda establecido en  Doscientos Cincuenta y Tres Millones Novecientos Ochenta y Cinco Mil Trece Pesos Mda Cte. ($253.985.013.00).

 

4. Presunto detrimento por: 537.960.524.00

El porcentaje de agua no contabilizada en promedio para todo el sistema de ACUAVALLE a diciembre del 2015 fue de 35.6%, superando el nivel máximo permitido por la comisión Reguladora de Agua potable CRA (30%).

Durante la vigencia 2015, ACUAVALLE S.A E.S.P registró una pérdida total de 18.824 millones m3/año, lo que significa que tuvo una pérdida neta de agua de 1.052millones m3/año, equivalente a 5,6%, dejando de percibir $504 millones y asumiendo un costo de $33 millones aproximadamente.

Lo anterior evidencia un presunto detrimento por valor de $537.960.524, como resultado de la falta de control y seguimiento. De igual manera, se evidenció que la Entidad no cuenta con un plan de reducción de pérdidas estructurado que le permita tomar acciones en la operación de los sistemas, falta de seguimiento, medición y análisis de datos.

Se evidencia entonces, el uso ineficiente de los recursos, incrementos en costos e inefectividad en el trabajo.

 

5. Presunto detrimento por: 83.907.360.00

Una vez realizada la visita el 18 de marzo del 2016 como parte del proceso auditor, se verificó la ejecución del contrato N° 153-12 cuyo objeto era la optimización del sistema de filtración en los sistemas de potabilización del corregimiento de El Carmen y el Municipio de Bolívar.

Este contrato estaba justificado bajo la necesidad de que el filtro existente presentaba sedimentos, estaba deteriorado, presentaba fisura y adicionalmente la losa de concreto tenia hundimiento, por lo tanto, se planteó instalar un nuevo sistema de filtros para cumplir en el corto tiempo con la normatividad vigente.

 Al observar los filtros adquiridos se evidenció que nunca se han puesto en funcionamiento y al indagar por los diseños para determinar qué piezas o accesorios hacían falta para ponerlos en funcionamiento, se verificó que no existen diseños de la obra, por lo tanto se desconoce lo relacionado con este aspecto. El valor de la obra fue de $83.907.360 millones de pesos correspondiente a la instalación del sistema de filtros en el Corregimiento de El Carmen, configurándose un presunto detrimento.

Por otra parte se observó que tampoco se ha definido el destino de los residuos que se generen cuando se haga el proceso de retrolavado de estos filtros, ya que si se descargan directamente a la fuente de agua ocasionarían contaminación, situación que demuestra la falta de planeación y diseño de la obra.

Es importante resaltar que la necesidad planteada fue solucionada por una actividad no definida en los estudios previos (reconstrucción de toda la estructura del filtro existente e impermeabilización), lo establecido en el contrato no se cumplió por que los filtros a pesar de estar instalados no funcionan, lo que evidencia una falta de planificación en la elaboración del proyecto que sustenta esta contratación y deficientes controles en las respectivas instancias que deben revisar y evaluar las diferentes etapas de la contratación. Ocasionado uso ineficiente del recurso, inefectividad en el trabajo (no están funcionado como fueron planeados), control inadecuado de los recursos, incumplimiento en la meta de este proyecto. Incurriendo presuntamente en el artículo 48 numeral 34 de la ley 734 de 2002.

 

6. Presunto detrimento por: $856.175.985.00 

En el Balance General en la cuenta 194190 otros activos leasing de Occidente – vehículos, se evidenció el registro de dos vehículos recolectores de basura, comprados mediante el contrato LEASING FINANCIERO No. 180-63926, firmado el 29 de enero de 2010, con el objeto de prestar el servicio de recolección de basura.  La duración del aludido contrato es de 144 meses, con fecha de iniciación octubre 25 de 2010 y fecha de finalización noviembre 25 de 2022, por un valor de SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL PESOS ($691.592.000.00) MONEDA CORRIENTE.

 A la fecha, ACUAVALLE S.A. E.S.P., ha pagado por capital la suma de $522.608.319, por intereses corrientes la suma de $ 266.046.932 y por otros gastos (realistamiento, matricula, SOAT y seguro todo riesgo) la suma de $67.520.734. Esto evidencia que la adquisición de los vehículos solo ha generado gastos, y a la fecha se encuentran totalmente depreciados contablemente y no han prestado servicio alguno desde su adquisición.

El saldo de la obligación financiera de los vehículos a diciembre de 2015 es de $168.983.381 según certificación del banco de Occidente; debido a lo anterior se presenta un presunto detrimento patrimonial de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES CIENTO SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($856.175.985).

El Ente de control concluye que dicha situación ocurrió por la ausencia de control, seguimiento y monitoreo, que no permitió advertir la inversión antieconómica, debido a que no se realizaron los estudios financieros, legales y el análisis de riesgo que finalmente se cristalizó en la pérdida de los recursos públicos. Ocasionando el uso ineficiente de los recursos y gastos indebidos, conllevando al fracaso en el logro de la meta de prestar el servicio de aseo por parte de ACUAVALLE S.A. E.S.P.

Como hallazgo administrativo, disciplinario y penal, se encontró en duda la potabilidad del agua que se consume en El Cerrito, Roldanillo y Zarzal. 

ACUAVALLE DEBERÁ SUSCRIBIR UN PLAN DE MEJORAMIENTO

Para subsanar los hallazgos presentados en la auditoría, la Entidad deberá suscribir un Plan de mejoramiento con la Contraloría Departamental del Valle.

De igual manera, se correrá traslado a las autoridades competentes de los hallazgos que contiene el informe, con connotaciones disciplinarias y penales y se iniciará el proceso de investigación en el Ente de Control, sobre los hallazgos fiscales.

Fuente: Contraloría Departamental

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