El Alcalde Carlos Maya anunció este domingo, que la ciudad recibió el aval del Ministerio del Interior para llevar a cabo la prueba piloto de reapertura.
Con esta declaración se activa el numeral 46 del Decreto 750 del 30 de julio emitido por el Gobierno de Pereira, donde se habilita la prestación del servicio de estos establecimientos de comercio, los cuales deben seguir todas las medidas emitidas en el anexo técnico de la Resolución 1313 del 3 de agosto del Ministerio de Salud y Protección Social. Allí se indican todas las modificaciones que se deben realizar al interior de estos lugares para proteger la salud y el bienestar de trabajadores y usuarios.
“Estamos muy agradecidos con el Alcalde y la Secretaría de Deporte y Recreación, por la buena voluntad que han tenido, por la disposición y apoyo al gremio”, comentó Claudia Henao presidenta de la Asociación de Gimnasios y Centros de Entrenamiento de Risaralda (ASOFIT)
La reapertura se hará de la siguiente forma:
- Los gimnasios, centros médicos deportivos, de entrenamiento funcional y acondicionamiento físico, deben registrar su protocolo de bioseguridad en la página web de la Alcaldía de Pereira www.pereira.gov.co
- La Secretaría de Deporte y Recreación revisará estos protocolos y dará el aval a cada establecimiento de comercio.
- Creación de espacios seguros e implementación del protocolo de bioseguridad por cada entidad.
- Apertura de las sedes al público.
- Visitas a las sedes por parte de la Secretaría de Deporte y Recreación para realizar inspección, vigilancia y control de los protocolos de bioseguridad inscritos por cada entidad.
“Las personas deben inscribir los protocolos de bioseguridad, luego de ello se les enviará una certificación que les permite dar apertura y poner en funcionamiento los gimnasios, deben cumplir con todas las medidas y caracterizar a todos sus usuarios”, explicó Gustavo Rivera, Secretario de Deporte y Recreación.
El funcionario indicó que la idea es dar apertura, pero con responsabilidad. “Está en mano de los propietarios, gerentes, administradores y usuarios cumplir los protocolos de bioseguridad”, enfatizó.
El Ministerio de Salud establece que se deben seguir cumpliendo las recomendaciones ya conocidas: uso obligatorio del tapabocas, desinfección de calzado, lavado de manos y distanciamiento social.
Sin embargo, los gimnasios deben cumplir adicionalmente con las siguientes medidas:
- Sólo se permitirá el ingreso a personas entre los 18 y 69 años de edad.
- Los usuarios deberán agendar su cita y solo tendrán máximo 1 hora (60 minutos) para el entrenamiento.
- No se permitirá el ingreso de acompañantes y a personas con enfermedades de riesgo como problemas cardiovasculares, asma, EPOC, obesidad, diabetes, cáncer, tabaquismo, síntomas respiratorios, entre otros.
- El aforo debe ser calculado por el área total de la superficie de circulación y áreas comunes; sólo podrá ingresar 1 persona por cada 10 m2 , sin superar la capacidad máxima de 50 personas por hora entre usuarios, trabajadores y proveedores.
- El usuario deberá asistir con ropa deportiva, no se permite el cambio de vestuario dentro del establecimiento como tampoco los encuentros sociales entre usuarios.
- Toma de temperatura y diligenciamiento obligatorio de la encuesta de detección de riesgo de COVID-19 a trabajadores, proveedores y usuarios cada que hagan el ingreso al establecimiento.
- No estarán disponibles lectores de huella o pantallas táctiles, salones de clases y/o entrenamientos grupales, duchas, piscinas, zonas húmedas, spa, canchas sintéticas.
- Disponer, en cada área de trabajo, de alcohol antiséptico al 70% y toallas desechables para la desinfección de todos los elementos deportivos usados por los beneficiarios.
- Garantizar el distanciamiento físico entre persona y persona de 12,6 m2/usuario, es decir 2 metros de radio para cada una de las estaciones, maquinas o bancos de entrenamiento.
- Creación del manual de convivencia, el cual debe ser conocido y respetado a cabalidad por trabajadores, proveedores y usuarios. Estos últimos pueden ser retirados del establecimiento al fallar en su cumplimiento.
- Promover el uso de procesos con ayuda de la tecnología para evitar la recepción de dinero, documentos y demás acciones que conlleven contacto con los usuarios.
- Los ascensores solo serán habilitados para personas con discapacidad y en caso de ser el único acceso, al gimnasio estar ubicado en pisos elevados, solo podrá hacer uso de él 1 persona por viaje.
- Implementación de procesos de comunicación constante al interior de los establecimientos sobre las medidas de bioseguridad.
- El personal administrativo, servicios generales, entrenadores y coach deportivos deberán usar careta o gafas y tapabocas, permanecer a 2 metros de distancia de los usuarios y velarán por el cumplimiento de las medidas en cada sede.
La Secretaría de Deporte y Recreación invitó a los propietarios, gerentes y/o administradores de los gimnasios, centros médicos deportivos, de entrenamiento funcional y acondicionamiento físico de Pereira, a una reunión virtual este martes 11 de agosto a las 10:00 a.m. para dar recomendaciones de las medidas de bioseguridad y resolver inquietudes sobre las indicaciones de la Resolución 1313 del 3 de agosto del Ministerio de Salud.
Las personas indicadas anteriormente podrán solicitar el link de la reunión escribiendo al correo electrónico infosecretariadeportespereira@gmail.com (indicando nombre completo, cargo y nombre del gimnasio).
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