CiudadRegion.com | Cartago | 18 MAY 2015 – 10:26 pm
La Gobernación de Risaralda, a través de la Secretaria de Desarrollo Económico y Competitividad, en coordinación con la Dirección de Formalización Minera del Ministerio de Minas y Energía, realizó una jornada de capacitación dirigida a autoridades municipales y barequeros, en lo referente inscripción masiva de barequeros, a través del sistema de Información Si Minero.
La implementación del programa Si Minero, busca controlar esta actividad y censar a quienes trabajan en este oficio
La actividad, estuvo orientada en brindar asesoría e informar a los barequeros, quienes son las personas que extraen minerales preciosos de forma artesanal, para que accedan esta nueva herramienta tecnológica, denominada Si Minero, con el fin de que conozcan toda la información referente a los requisitos y trámites de la legalización de su actividad.
Funcionarios de las alcaldías de los 14 municipios se hicieron presentes al evento de capacitación, donde también asistieron personas que se dedican al barequeo, quienes expresaron sus inquietudes en cuanto a la carnetización exigida para ejercer de forma legal.
Martha Pachón, coordinadora del tema minero de la Secretaria de Desarrollo Económico y Competitividad del Departamento, destaca que la importancia de este tipo de actividades, es que las alcaldías de Risaralda, estén alto de las nuevas tecnologías y puedan asesorar de manera oportuna a los mineros. “En el departamento tenemos identificados 1531 barequeros, estamos a la espera de que 500 formalicen su actividad, esperamos que lo hagan dentro del tiempo estipulado por el Ministerio de Minas, el cual culmina el 27 de mayo”. Expresó Martha Pachón.
Es de resaltar, que Risaralda esta entre los departamentos donde más personas se dedican al barequeo, municipios como: Quinchía, Mistrato, Pueblo Rico, Santa Rosa y Belén de Umbría cuentan con cerca 800 personas registradas legalmente para ejercer esta actividad.
Requisitos para ser barequero
- Es necesario inscribirse ante al alcalde, como vecino del lugar.
- Realizar la actividad de forma manual.
- No podrán ejercer el oficio en lugares donde lo prohíba el plan de ordenamiento territorial, en propiedad privada, sin consentimiento del dueño, en sitios donde operen maquinarias de concesiones mineras y en parque naturales y de reserva forestal.
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